Este Juzgado Sexto de Primera instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico (sede Calabozo), en ejercicio de la potestad de administrar justicia que emana de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: PRIMERO: SE HOMOLOGA el convenio transaccional que suscribieron CARLOS EDUARDO SILVA, y la sociedad mercantil AGROISLENA, C.A. SUCESORA DE ENRIQUE FRAGA AFONSO y le da efecto de Cosa Juzgada, con fuerza de ley entre las partes. SEGUNDO. SE DA POR CONCLUIDO este asunto y se ordena el archivo definitivo del presente expediente, toda vez que ha sido cumplido en su totalidad el ofrecimiento contenido en la transacción. Se acuerda expedir las copias certificadas de la presente acta, solicitadas por las partes. Es todo, terminó, se leyó, y conformes firman.-