Ahora bien, este tribunal observa de la revisión minuciosa de las actuaciones que los acusados en el presente asunto permanecen recluidos en la Zona Policial de esta ciudad, siendo del conocimiento de la Juez adscrita a este Despacho diversas circulares, entre ellas circular Nº 090-08 de fecha 24-09-2008 y 048-09 de fecha 29-07-2009, emitidas por la Presidencia de este Circuito, así como los oficios presentados por la Fiscalía Septuagésima Segunda Nacional con Competencia Penitenciaria, en relación a la problemática de hacinamiento policial que atraviesan los Comandos Policiales del Estado Guárico, circunstancia que se ha agravado por cuanto se ha convertido a los Comandos Policiales en Centro de reclusión de procesados sin que cuenten con la estructura y personal necesario que garanticen la seguridad indispensable para mantener procesados que se encuentran bajo medida privativa judicial preventiva de libertad allí recluidos, situación que fue explanada en reunión sostenida con Jueces .....