Dispositiva
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la acción de resolución de contrato de pre-venta, celebrado entre la parte actora Ciudadano RUFINO RENGIFO, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nro. V- 1.865.260, domiciliado en la ciudad de Valle de la Pascua, y la parte demandada Empresa Mercantil CONSTRUSERVICIOS ALYOSCA C.A., domiciliada en la ciudad de Valle la Pascua del Estado Guárico; debidamente inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 09 de Mayo de 2.002, bajo el Nº 09, Tomo 5-A, en la persona de su representante ALEXANDER ALFREDO MEJIAS CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.363.622, de fecha 27 de Ma.....