Pronunciamientos:
PRIMERO: Se ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN Y LOS MEDIOS PROBATORIOS presentados por la Fiscalía Auxiliar Vigésima Primera (21ª) del Ministerio Público del Estado Guárico, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 numerales 2 y 9, respectivamente, del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del imputado JOSÉ ALEJANDRO ROJAS SEIJAS, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVÍSIMAS, previstos y sancionados en los artículos 406 numeral 1 y 414, respectivamente, del Código Penal vigente, en perjuicio, el primero de ellos, del hoy occiso, Javier Alberto Hernández y el segundo, de la ciudadana Glenda Grisel González Navarro;
SEGUNDO: Niega, rechaza y desestima, el escrito de contestación fiscal, relacionado con el artículo 328 del Código Orgánico Procesal Penal, interpuesto y suscrito por la Defensa Pública, toda vez que el mismo es extemporáneo.
TERCERO: Declara, sin .....