DISPOSITIVO.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de terreno denominado "La Cañadita", ubicado en el Sector El Recreo, Parroquia Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del estado Guárico, constante de sesenta y ocho hectáreas con siete mil cuatrocientos treinta metros cuadrados (68 has con 4.730 mts2), alinderado de la siguiente manera; Norte: Terrenos ocupado por Vicente Ruiz; Sur: Río Orituco; Este: Río Orituco y Oeste: Terrenos baldíos, a favor del ciudadano Ramón Enrique Barreto Andrade, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.406.079, dejándose a salvo los derech.....