El tribunal, se declara sin lugar la oposición al embargo propuesta por la ciudadana Bruguimar Seco Rodríguez de Ramos, a la cautelar practicada con fecha 20 de julio del año 2005, por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaríbe del Estado Guárico, y decretada por este tribunal. Así se decide.