24-08-2.016 a las 03:00 P.M.-
TERCERO: De la misma forma y conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se especifican las fechas a partir de las cuales el penado CASTILLO LEON GIOVANNY JOSE, podría solicitar los Beneficios que establece la ley:
a) DESTACAMENTO DE TRABAJO: al cumplir ¼ parte de la pena, que es igual a TRES (03) AÑOS, NUEVE (09) MESES, CUATRO (04) DIAS y CUATRO (04) HORAS, que se cumplirán en fecha 10-04-2000, a las 03:00 P.M.--
b) RÉGIMEN ABIERTO: cumplida 1/3 de la pena, que es igual a CINCO (05) AÑOS, CINCO (05) DIAS, TRECE (13) HORAS y VEINTE (20) MINUTOS, que se cumplirán en fecha 12-07-2.001, a la 01:20 P.M.-
c) LIBERTAD CONDICIONAL: que corresponde al haber cumplido las 2/3 partes de la pena, que es igual a DIEZ (10) AÑOS, DIEZ (10) DIAS, DIEZ (10) HORAS y CUARENTA (40) MINUTOS, que se cumplirán en fecha 16-07-2.006, a las 10:40 P.M.-
d) CONFINAMIENTO: al cumplir las ¾ partes de la pena, que es igual.....