Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 49 ordinal 1º, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 640, 641, 643 ordinal 3º del Código de Procedimiento Civil y los artículos 452, 461 y 491 del Código de Comercio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de Cobro de Bolivares (Intimación) propuesta por el ciudadano JOSE DANIEL MEDINA TOVAR, en contra del ciudadano ARTURO SALVADOR GRATEROL, supra identificados.
SEGUNDO: De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte perdidosa.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECID.....