Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio, intentada por los ciudadanos ZULMA COROMOTO LAVERDE GIL Y TIRSO RAFAEL MANZO BARRIENTOS, ampliamente identificados en autos, fundamentada en el Artículo 185-A, del Código Civil y en consecuencia DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha cuatro (04) de mayo de mil novecientos noventa y cinco (1995), por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Macarao, del Distrito Capital. Por cuanto procrearon dos hijos de nombres KEIBY YONATHAN Y YEHENELI, para la presente fecha mayores de edad, no adquirieron bienes, el Tribunal nada tiene que decidir al respecto.