Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funcion de Ejecucion Nro. 03, de este Circuito Judicial Penal, Estado GUarico, con sede en esta ciudad, Administrando Justicia en Nombre de las Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda INFORMAR al JUez de Ejecucion Segundo de Guanare, Estado Portuguesa, del sitio de CUmplimiento del Penado: JUAN TOMAS LANDAETA ORTUÑO, titular de la Cedula de identidad Nro.11.368.881, y en consecuencia se ORDENAR REMITIR NUEVAMENTE COPIA DEBIDAMENTE CERTIFICADA POR SECRETARIA DEL AUTO DE EJECUCION Y COMPUTO DE PENA, ademas de esta decision y de todos los recaudos que sean necesarios aL Juez de EJECUCION Nro. 02 de GUanare Estado Portuguesa, a los fines de VIGILANCIA Y CONTROL, del Penado: JUAN TOMAS LANDAETA ORTUÑO, titular de la Cedula de Identidad Nro.11.368.881. Todo ello en virtud de lo establecido en articulo 481 de la Ley Adjetiva Penal Vigente en concordancia a lo expreso en el articulo 47.....