V I
En razón de las consideraciones de hecho y de derecho expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la acción de Reivindicación propuesta por la demandante SONIA EDITH ZAMORA TAYUPE contra el ciudadano RAFAEL SALVADOR MORALES, así como, CON LUGAR la reconvención por CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL propuesta por este último contra la accionante, ambas partes identificadas en autos, con los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se resuelve el contrato de comodato, celebrado in verbis el mes de Enero de 1.987 por el término de seis (06) años, entre la demandante y el demandado reconviniente Rafael Salvador Morales Pérez, sobre el inmueble constituido por una parcela de terreno y la casa sobre ella construida, ubicada en la c.....