IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 04.05.2017 por el abogado ARMANDO NUÑEZ, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada sociedad mercantil DIEMO, C.A., contra el auto de fecha 26.04.2017 (f.189), dictado por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Se revoca el auto de fecha 26.04.2017, dictado por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y en consecuencia, se ordena al mencionado Juzgado, librar nuevas Cartas Rogatorias cumpl.....