Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico Extensión Calabozo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa y por consiguiente la extinción de la acción penal, que se le sigue a los ciudadanos FIGUEREDO JOSE SINFORIANO, de nacionalidad venezolano, natural de Camaguan Estado Guárico, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, con domicilio en Uverito de Camaguan, calle Principal, casa S/N y titular de la Cédula de Identidad N° 11.795.505, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVISIMAS, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal Venezolano y JOSE GREGORIO HERRERA, quien es venezolano, natural de Guardatinajas Estado Guárico, mayor de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, con domicilio en la Parroquia de Uverito, calle Princi.....