Se declaró, con lugar la inhibición planteada por la Abg. Fátima Caridad DaCosta, Juez Miembro titular de esta Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, en el asunto seguido a los ciudadanos Mauricio Bermúdez Bedoya, Rodrigo Bermúdez Bedoya, Juan Carlos Muñoz de Osa y Alirio Antonio Quicemo Duque, Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 86 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 87 ejusdem.