En merito a las anteriores consideraciones y por fuerza de lo precedentemente expuesto, éste Tribunal de Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la defensa de la caducidad interpuesta por la parte demandada y SIN LUGAR la demanda por Calificación de Despido interpuesta por el ciudadano RAMON RAFAEL CORDERO FERNANDEZ contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO JUAN GERMAN ROSCIO DEL ESTADO GUARICO