Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDA la apelación interpuesta por la parte demandada y CONFIRMA la decisión recurrida, en el juicio seguido por el Ciudadano Antonio Torrealba Rivero contra Constructora Aldariz Hermanos C.A, partes identificadas en autos.