En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR el divorcio solicitado por los ciudadanos JOSÉ LUIS NAVARRO SANZ y MARÍA ELISA GÓMEZ PAZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-6.241.121 y V-6.035.158, respectivamente, declarándose por consiguiente DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 26 de mayo de 1982, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el Acta N° 128, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados al efecto por ese Despacho durante el año 1982.
Ofíciese lo conducente a la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, y al Registrador Principal del Distrito Capit.....