DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos de hecho y de derecho que preceden, este Juzgado Quinto (5°) de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, decreta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ENTREGA O DEVUELVE el vehículo automotor, cuyas características son: marca MITSUBISHI, clase CAMIÓN, modelo CANTER FE 659-TD, tipo CHASIS, serial de carrocería 8X1FE659E4T600198; serial del motor J93006; placas 04W-DAP, color BLANCO, año: 2004, de uso CARGA; al ciudadano CEN JUNCHENG, por haberse acreditado la propiedad y titularidad del vehículo en cuestión, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, aunado a lo establecido en las disposiciones de los artículos 4 y 48 del Decreto Nº 1.535, con Fuerza de Ley de Tránsito y Transporte Terrest.....