Esta Instancia, de conformidad con el Artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el Artículo 263 del Código de procedimiento Civil, a declarar en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, la homologación del desistimiento planteado por el accionante de autos, declarando extinguido el presente proceso.