Se declaró, la nulidad absoluta de la sentencia condenatoria publicada por el Juzgado 2° de juicio de este Circuito, extensión Calabozo, del 24 de marzo de 2006, que condenó a los ciudadanos Franco José Pirruccio Márquez y Edgar Alexander Isseles Rivero, por la comisión del delito de porte ilícito de arma de fuego, según los artículos 277, 37, 74.1.2.4 y 16 del Código Penal, en agravio del orden público, imponiéndole la pena de 3 años de prisión, por lo que en consecuencia se ordena la celebración de un nuevo juicio oral y público ante un juez distinto al de la sentencia anulada de este Circuito Judicial Penal, extensión Calabozo. Se funda la presente decisión en los artículos 432 433, 435, 436, 451, 452, ordinal 2°, 453, 454, 455, 456, 457, 1, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 248, 371 y 373 eiusdem, en armonía con el artículo 49 (encabezamiento) Constitucional.