DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden este Tribunal Segundo de Juicio, con sede en San Juan de los Morros, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Admite totalmente la Acusación interpuesta por la Fiscalía 14º del Ministerio Público en contra del ciudadano JIMNY JESÚS LEZAMA ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº13874138, ampliamente identificado, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinales 4º y 6º, en concordancia con el artículo 80, ambos del Código Penal. SEGUNDO: Vista la admisión de los hechos realizada por el acusado JIMNY JESÚS LEZAMA ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº13874138, ampliamente identificado, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancio.....