D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos tanto de hecho como de derecho, explanados con anterioridad, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, en su competencia CIVIL, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la presente demanda de DIVORCIO interpuesta por la ciudadana OLGA JOSEFINA BLANCO GÁMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-10.269.758, debidamente asistida por la abogada YELITZA ELVIRA GITTENS FEBRES, inscrita en el Inpre-Abogado, bajo el 213.580, juicio por DIVORCIO incoado contra el ciudadano FÉLIX RAMÓN BOLÍVAR JAIME, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-8.772.523; debido a que no quedaron demostradas las causales previstas en los numerales segundo (2º) y tercero (3º) del artículo 185 del Código Ci.....