Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora YSHAN BAROUKUI ERCHEID, venezolano, mayor de edad, casado, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-5.591.868, quien señala que actúa con el carácter de socio mayoritario y gerente de la empresa COMPLEJO AGRÍCOLA INDUSTRIAL, C.A. (COMAINCA), sociedad mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico en fecha 15-04-1996, bajo el Nº 39 del Tomo Nº 3-A, Expediente Nº 0077-G. En consecuencia se CONFIRMA el fallo de la recurrida Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, de fecha Veinticuatro (24) de Octubre de Dos Mil Dieciséis (2016) que decl.....