Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, extensión Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en los artículos 330 y 331 del Código Orgánico Procesal Penal, SE ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, en el proceso penal seguido a los acusados CESAR LEONARDO RIVAS ROJAS, por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO CON CIRCUSTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionada en el artículo 3 en concordancia con el artículo 10 numeral 16 ambos de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 277 y 286 del Código Penal respectivamente, en perjuicio del ciudadano CARLOS SILVESTRE MA.....