DISPOSITIVO:
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Octavo del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada en contra de la sentencia de fecha 02-06-06, emanada del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio de este Circuito Judicial del Trabajo; SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por JOSÉ ANDARA, JULIO CÉSAR DUGARTE, JOSÉ BERNABE y otros, contra Administradora Hotal, C:A. TERCERO: Se ordena a la demandada a cancelar a los actores que ya no prestan servicios a la demandada el pago de la diferencia de salario variable de días feriados y descanso a partir del 20-03-94 hasta la fecha de culminación de la relación laboral, la correspondiente diferencia derivada de la incidencia del salario variable de días de descanso.....