Pronunciamientos: PRIMERO: Declara sin lugar lo solicitado por la Defensa Pública Penal Nº 7 de esta Circunscripción Judicial y sede, del imputado JONATHAN SILVESTRE GILARTE RANTEADA, en cuanto a la remisión inmediata de las presentes actuaciones ante un Tribunal de Ejecución competente. SEGUNDO: Declara con lugar la solicitud interpuesta por la Defensa Pública Penal Nº 7 de esta Circunscripción Judicial y sede, del imputado JONATHAN SILVESTRE GILARTE RANTEADA, y, en consecuencia, se decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD contra el mismo, contenida en el numeral 3. del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en los artículos 8, 9, 243, 244, 246, 250, 260, 263 y 264 eiusdem, y en concordancia con lo pautado en los artículos 44 numeral 1 y 49 numeral 2., ambos de la Carta Fundamental.