.III.
DISPOSITIVA
Por la anterior motivación, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora recurrente ciudadanas NUBIA ESPERANZA DELGADO TORO, INDIRA ARAHI DELGADO TORO Y JESÚS ENRIQUE DELGADO TORO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros 18.473.223, 19.725.792 y 19.473.462, respectivamente domiciliado en esta ciudad en la calle la unidad Nº 10, Sector la Morera, a través de su Apoderada Judicial Abogado CARMEN YAJAIRA TORO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matrícula Nº 79.929. Se CONFIRMA el auto de la recurrida Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en esta Ciudad, de fecha 25 de Ab.....