DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la defensora pública penal Nº 02(E) Abog. Flor Angel Barrios; y confirma la Medida Cautelar Privativa de libertad del imputado Darwin Ramón Parra Peña, quien dijo ser venezolano, con cédula de identidad Nº 18.883.842, hijo de María socorro Peña y Manuel Antonio Parra, residenciado en Camaguán, Calle Guaicaipuro, casa s/n El Charco Estado Guárico; por su presunta participación en la ejecución del delito de Homicidio Calificado ocurrido en perjuicio de José Francisco Landaeta. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 408 ordinal 1º del código Penal, y 250, 251 (Parágrafo Primero), 447 ordinal 4º, 449, 450 del Código Orgánico Procesal Penal.