DISPOSITIVO.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de Terreno denominado "El Progreso" ubicado en el sector El Campito, asentamiento campesino sin información, parroquia Camaguán, municipio Camaguán del estado Guárico, constante de una superficie de sesenta y dos hectáreas con cuatro mil cuatrocientos dieciocho metros cuadrados (62 ha con 4418 m2 ), alinderado de la siguiente manera: Norte: Muro El Campito; Sur: Terreno ocupado por Eudes Padilla; Este: Carretera Nacional y Oeste: Río Portuguesa, a favor del ciudadano Pedro Hermogenes Sánchez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de ident.....