acordado al penado ANTONIO PABLO ESTICCA SMARRELLI CEDULA DE IDENTIDAD Nº E- 989.821, por este tribunal de ejecución, el beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena, como fórmula alternativa de cumplimiento de pena, riela al folio 65 de la pieza Nº 02, solicitud presentada por el penado ANTONIO PABLO ESTICCA SMARRELLI, mediante el cual solicita autorización a este Tribunal, para realizarse diferentes tratamientos y exámenes médicos fuera del territorio venezolano, específicamente en Italia y por ende la suspensión de las presentaciones, este Tribunal examinado el contenido de su requerimiento, considero que lo mas procedente y ajustado a derecho, fue ordenar practicar diligencias antes de acordarlo tal como lo establece nuestra legislación a los fines de otorgar permiso o medida humanitaria ordeno una Evaluación por parte de la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y criminalísticas con sede en Bello Monte Caracas Distrito Capital,.....