Se declaró INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el abogado Jorge Vega Mejía, en su condición de Defensor Privado de los ciudadanos LUÍS MANUEL DÍAZ BRAVO y ELÍAS RAFAEL MUJICA SIFONTES, en contra de la decisión de fecha 8 de julio de 2010, publicada por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, San Juan de Los Morros, mediante la cual admitió la acusación en contra de los referidos ciudadanos, por la presunta comisión de los delitos de CÓMPLICE NECESARIO EN EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en los artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos Miguel Alfredo Hurtado Hidalgo, Alexander José Ortuño Madriz (occisos), en el caso del primero de los acusados señalados y OCULTAMIENTO ILÍCTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.....