Se dictó resolución mediante la cual se declara INADMISIBLE, la presente solicitud, incoada por el abogado GREGORY ARVELO MOLEIRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.404, en su carácter de apoderado judicial REYES JESUS PONCE MERCHAN, en virtud de que al levantarse la partida de nacimiento de la niña SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, la nacionalidad y el número de cédula de su progenitor, eran correctos, tal y como se verifica en los documentos anexos.