Por todo lo expresado este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, con sede en San Juan de los Morros hace los siguientes pronunciamientos:
ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por el Fiscal Tercero del Ministerio Público en contra del ciudadano GREGORI JOSE MATUTE RODRIGUEZ, venezolano, natural de San Juan de los Morros, de 28 años de edad, nacido el día 06-03-1976, soltero, Agente policial, hijo de FELIX MANUEL VERA y FANNY COROMOTO MATUTE, residenciado en la Urbanización Rómulo Gallegos, sector N 2 calle N 3, casa dentro del liceo Luís Barrios Cruz, de esta ciudad, titular de la Cédula de identidad N 13.152.517, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL y USO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 407 y 282 en relación con el artículo 278 todos del Código Penal, y DECRETA LA APERTURA A JUICIO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 330 y 331 del Código Orgán.....