PRIMERO: HOMOLOGAR, como en efecto se homologa, la transacción Judicial celebrada por la profesional del derecho, ciudadana VANESSA CARMELA OCHOA SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.- 17.434.536, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 139.029, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Empresa Mercantil "PARQUE EMPRESARIAL LOS LLANOS CORPORACIÓN". Y el ciudadano RICARDO HORACIO TINOCO SIFUENTES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V.-11.516.375, con domicilio en Avenida la Industrias, Galpón Parque Empresarial los Llanos, frente al Hotel Colonial, Valle de la Pascua, Municipio Leonardo Infante, estado Guárico y por la representante judicial de la parte actora el profesional del derecho ciudadano, ADRIAN JOSÉ BLANCO ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad número V.-19.375.981 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n.....