Por las razones que anteceden, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR LA OPOSICION formulada por los abogados PEDRO LUIS YANEZ CARRASCO y JUAN MORENO BRICEÑO, apoderados de la parte demandada, en contra del decreto de las medidas preventivas dictado el 15 de octubre de 20097.
En consecuencia, se mantiene las medidas decretadas.