Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, en su competencia Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los Ciudadanos: VICTOR JÓSE ROJAS MORALES Y DEBORA ANTONIA ESPINOZA SEIJAS.-
Publíquese.- Regístrese.- Déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado de PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, en la ciudad de Calabozo, a los Veintiseis días del mes de ABRIL de Dos Mil Siete.- Años: 197° de la Independencia y 148° de la Federación.-
El JUEZ,
Abg. RAMÓN J. VILLEGAS GOMEZ
LA SECRETARIA ACC,
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