Por las razones precedentemente expuestas, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Reenvío en lo Penal, impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara Inadmisible el mandamiento de Habeas Corpus interpuesto por la ciudadana Ivonne Esther Cohen de Carbone, titular de la cédula de identidad N° V.-1.892.072, en cuanto la restitución inmediata de la libertad personal de su hermano, ciudadano Armando José Cohen Bejarano, titular de la cédula de identidad N° V.-2.938.380, al cesar la presunta violación a la libertad personal de éste al momento de emitir el Juzgado Quinto con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial Penal y sede, el pronunciamiento de fecha 22 de abril de 2013; ello conforme a lo establecido en el artículo 6, numeral 1 de la Ley Orgáni.....