Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en Sede Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR acción DECLARATIVA DE CERTEZA DE DERECHO DE PROPIEDAD interpuesta por la parte Actora Ciudadana ROSA ELENA PEÑA TORREALBA, mayor de edad, venezolana, titular de la cedula de identidad Nº. V.- 17.081.286, domiciliada en el Sector San José, Calle Principal, en la ciudad de Altagracia de Orituco, Estado Guarico intentada en contra de la accionada, Ciudadana YOJAINA CLARET RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-15.796.483. Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte Actora. Se CONFIRMA el fallo de la recurrida Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y Sa.....