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Por las razones expuestas este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE PRORROGA LEGAL ARRENDATICIA incoada por ante este Tribunal, por la ciudadana RAMOS MARIN YANETT DEL CARMEN, titular de la cédula de identidad Nº 8.795.548, contra el ciudadano LOPEZ FRANCO JOSE, titular de la cédula de identidad Nº 4.798.700, sobre un contrato de arrendamiento de un inmueble (Local Comercial), ubicado en la Calle Comercio, Sector El Médano del Municipio Pedro Zaraza del Estado Guárico, con un área de 484,17 metros cuadrados, y cuyos linderos son: NORTE: Calle El Comercio en medio con Casa de la sucesión Zamora Morales; SUR: Calle la Libertad en medio con casa de Rafael Ramos; ESTE: Casa de Miguel Espinosa, y OESTE: Casa de Ramona de Jesús Ramírez Sáez.
Se deja sin efecto .....