REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
Valle de la Pascua, 26 de Julio de 2013
203° y 154°
Visto el Escrito de fecha 22 de Julio de 2013 (folio 410) suscrito por la Abogada ALICIA FERNANDEZ CLAVO, en su carácter de co-apoderada judicial de la parte demandada, mediante el cual expuso: "...Estando aún dentro del termino legal establecido en el articulo 205 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, para contestar la demanda en el presente juicio, como punto previo de conformidad con el articulo 38 del Código de Procedimiento Civil, procedo, a todo evento, a rechazar e impugnar la estimación de la demanda en la cantidad de NOVECIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 900.000), hecha por la parte actora en el libelo de la demanda, por considerarla insuficiente, ya que, no se corresponde con el valor del bien objeto del litigio...". En consecuencia, este Tribunal observa que con respecto a la contradi.....