Vista la solicitud planteada por la accionante, actuando en representación de sus hijas (IDENTIDADES OMITIDAS), debidamente asistida por la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes de este Municipio, mediante la cual solicita ante este juzgado, la Revisión del Monto de Obligación de Manutención acordado previamente y homologado por este juzgado mediante sentencia dictada en fecha 21-10-2.015 en el expediente Nº 9299-15, nomenclatura interna de este juzgado; alegando que dicho monto para la actualidad le es insuficiente, en virtud a que alega que la inflación que vive nuestro país actualmente, no le permite satisfacer las necesidades de sus hijas adolescentes, quienes por la etapa de vida en que se encuentran generan más gastos, alegando además que el ciudadano accionado, tiene una capacidad de pago superior al monto anteriormente fijado.-
Sin embargo, este juzgador a los fines de resolver el presente asunto, evidencia que folio 16 del presente expediente, reluce Acta de fecha 25-07-2.....