DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: ÚNICO: SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto WILLIAMS ALBREY MORA, en su carácter de Defensor privado de los acusados ROBERTO ANTONIO RAMOS CORREA y LUIS ALBERTO MOYETONES JIMÉNEZ; contra decisión dictada en el marco de la audiencia preliminar celebrada en fecha 19-05-2011, cuyo texto integro fue publicado en fecha 23-05-2011, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control, de la extensión Calabozo, que acordó la Medida Judicial Preventiva de Libertad, en virtud de la alta probabilidad de condena del acusado, en el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en concordancia con el último aparte del artículo 80 ejusdem, con la agravante establecida en el artículo 21.....