Por las razones anteriormente expuestas, este tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: 1) El Sobreseimiento de la causa, en virtud de haber operado la prescripción de la acción penal por la comisión del delito de Lesiones Personales Culposas Leves, tipificado en el artículo 422 ordinal 1° del Código Penal a favor de la acusada de autos, en el cual aparecen como víctimas los ciudadanos Katty Del Carmen Acuña López y Williams Ramón Acuña López, conforme a lo previsto en los artículos 108 ordinal 7° del Código Penal, 48 ordinal 8° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal Vigente. 2) La Suspensión Condicional del Proceso a favor de la acusada Karina Del valle López, antes identificados, por el lapso de Dos (02) Años, a tenor de lo dispuesto en los artículos 37, 38 y 39 ordinales 1°,9° y 1.....