Pronunciamientos:
PRIMERO: Se decreta, la NULIDAD ABSOLUTA del procedimiento policial efectuado en el presente asunto penal y de todas las demás actuaciones originadas de dicho procedimiento, de conformidad con lo establecido en los artículos 190, 191, 195 y 196, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 19, 26, 44 numeral 1 y 49, todos de la Carta Fundamental.
SEGUNDO: Se decreta, la LIBERTAD PLENA e inmediata desde la sala de audiencias, de los ciudadanos: WILMER JOSÉ GONZÁLEZ FERNÁNDEZ, ALMA FREDDY PRADO FIGUERA y GLEVENYER ORLANDO MELO BEOMONT. Se ordena, la exclusión de los mismos ante el Registro (computarizado) Integrado de Información Policial (SIIPOL), llevado ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas de este Estado.
TERCERO: Se ordena, la DESTRUCCIÓN POR INCINERACIÓN DE LA DROGA INCAUTADA, de acuerdo al artículo 119 de la Ley que rige la materia.
CUARTO: Se declara, parcialmente sin lugar, las solicitudes .....