Se Decreta Medida de Protección a la continuidad de la producción agraria referida a la Siembra de veinte hectáreas (20 Has) de arroz, que tiene sembradas LUIS ALBERTO LOPEZ SANDOVAL, en la parcela 536-A, ubicado del Sistema de Riego Rio Guárico, situada en el sector Uverito Pereño, en el llamado canal muerto, las cuales forman parte de las DOSCIENTAS HECTAREAS CON OCHO HECTAREAS (200,08 HAS.) alinderada de la siguiente manera Norte: Colector B-4D, Sur: Parcela 536-B, Este: Parcela 536-B y Oeste: Parcela 545, la misma tendrá vigencia desde la presente fecha hasta el 20 de julio del año 2009 inclusive, tiempo probable para la cosecha de este cereal, tal como lo arrojó tanto la inspección judicial efectuada, como el informe técnico cursante al folio (49) del presente expediente.-
EL JUEZ,
ABG. RAMÓN JOSÉ VILLEGAS GÓMEZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. MARÍA FERNANDA FERRER,
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