Se declaró Competente, en el presente asunto al Juzgado Tercero de Control de este Circuito, extensión Calabozo, donde se remitirán las actuaciones a los fines legales pertinentes. Se funda la decisión en los artículos 26; 49 y 51 Constitucional, en concordancia con los artículos, 77, 78, 79, 80, 81, 82 y 84 del Código Orgánico Procesal Penal.