PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 26 de Mayo de 2011, por la ciudadana Elisa Iroba Correa, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro xxxx, en su carácter de apoderada judicial de xxxxxxxxx, contra el auto dictado el 11 de mayo de 2.011, que riela a los folios xxxxxx (xx), dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. Así se decide.
SEGUNDO: Con base al orden público que se traduce en el poder inquisitivo de juez agrario como director del proceso; se declara oficiosamente la nulidad absoluta de las actuaciones del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. en la presente causa, todo con fundamento en lo dispuesto en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 23 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se decide.
TERCERO: Como consecuencia del particular anterior, se anula ofic.....