PRIMERO: Se declara la INCOMPETENCIA de este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de San Juan de los Morros, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparos Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y siendo que, la acción Constitucional se dirige contra un Tribunal y su fallo, específicamente contra el Juzgado Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro Zaraza de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de Zaraza, estando en presencia la materia constitucional el competente como Superior Jerárquico es el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en la Ciudad de Valle de la Pascua, a quien se declara COMPETENTE y se ordena remitir con carácter de urgencia la presente Acción Constitucional. Debe advertirse que el régimen excepcional de la.....