Se dictó resolución mediante la cual declaró CON LUGAR la conversión en divorcio de la separación de cuerpos y bienes de los ciudadanos LISSETTE ALEJANDRA REYNA CASTILLO y ANDRES OBDULIO GRUBER SAEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.405.003 y V-6.038.161, respectivamente, y consecuentemente queda disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído en fecha 06 de diciembre del año 1997, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Baruta del Estado Miranda, según acta signada con el N° 620.-