Por todas las consideraciones anteriores, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte: Homologación al Desistimiento, en la presente solicitud de PARTICION AMIGABLE, presentada por los ciudadanos DOMINGO ANTONIO VARGAS DELGADO y GLADYS INÉS NIÑO CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros V-3.302.433 y V-6.363.419, respectivamente; y se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
En cuanto a la solicitud de devolución de originales interpuesta por los solicitantes, este Tribunal acuerda el desglose de los originales, a los fines de su devolución, previa su certificación por Secretaría, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Proce.....